Determinar el valor de mercado de la remuneración de un gerente general en una empresa es fundamental para el cumplimiento de la normativa tributaria, especialmente cuando este cargo lo ocupa un socio, accionista o un familiar. En Perú, la legislación exige que las remuneraciones de aquellos en posiciones de alta dirección y sus familiares se mantengan dentro del valor de mercado para que sean deducibles en el cálculo del Impuesto a la Renta. Este artículo explora los fundamentos de esta normativa y presenta un caso práctico que explica cómo aplicar correctamente las reglas del valor de mercado de remuneraciones.
Normativa: Determinación del Valor de Mercado de Remuneraciones
La Ley del Impuesto a la Renta establece, en sus artículos n y ñ, que las remuneraciones de los accionistas, socios, propietarios y sus familiares deben respetar un valor de mercado razonable. Esto asegura que las empresas no deduzcan montos excesivos en concepto de remuneración, cuando estas superan lo que es considerado razonable en el mercado. En tales casos, el exceso es tratado como dividendos y está sujeto a una retención específica del 5%.
Para determinar este valor de mercado, el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta define un conjunto de reglas en su artículo 19°-A, inciso b:
Referencia de funciones similares: Se utiliza el salario del trabajador mejor remunerado en la empresa que realiza funciones similares.
Mismo grado o nivel jerárquico: Si no existe un trabajador con funciones similares, se toma la remuneración del trabajador mejor remunerado en el mismo nivel jerárquico o categoría organizacional.
Doble de la remuneración del nivel inmediato inferior: En ausencia de cargos equivalentes, se toma la remuneración del trabajador mejor pagado en el nivel inmediatamente inferior y se duplica.
Remuneración del nivel superior inmediato: Si hay un nivel jerárquico superior, se toma la menor remuneración en ese nivel.
Remuneración convenida, limitada a 95 UIT o 1.5 veces la del mejor pagado: Si no existe ningún referente dentro de la estructura de la empresa, se considera el mayor entre la remuneración convenida (con un límite de 95 UIT) y 1.5 veces la remuneración del trabajador mejor pagado de la empresa.
Caso Práctico: Gerente General de Alfa S.A.C.
Para ilustrar la aplicación de estas reglas, consideremos el caso de Alfa S.A.C., una empresa de tecnología. Sandra Pérez es la gerente general y socia mayoritaria de la compañía. Alfa S.A.C. es una empresa mediana con una estructura organizacional relativamente simple, en la que Sandra es el cargo gerencial más alto. A continuación, evaluaremos cada regla aplicable a su caso.
Evaluación de las Reglas para Determinar el Valor de Mercado
Referencia de funciones similares (1.1):
No aplicable. En Alfa S.A.C., no existe ningún otro cargo que realice funciones similares a las de la gerente general. El gerente de finanzas, Luis Rivera, podría ser una opción, pero su relación de parentesco con Sandra lo descarta, ya que la normativa exige que el trabajador de referencia no tenga parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el contribuyente.
Referencia en el mismo grado o nivel jerárquico (1.2):
No aplicable. Sandra, como gerente general, ocupa el cargo más alto dentro de la empresa, por lo que no existen empleados en Alfa S.A.C. con el mismo grado o nivel jerárquico que ella.
Doble de la remuneración del nivel inmediato inferior (1.3):
No aplicable. Si el gerente de finanzas no tuviera parentesco con Sandra, podría aplicarse el doble de su remuneración. Sin embargo, debido al parentesco, esta regla no puede usarse. La estructura de Alfa S.A.C. cuenta con un jefe de ventas, pero este no cumple con los requisitos de comparabilidad por tratarse de un rol operativo, lo que lo descarta como referencia para evaluar el valor de mercado.
Trabajador de menor remuneración en el nivel superior inmediato (1.4):
No aplicable. Al ser la gerente general el cargo más alto de Alfa S.A.C., no existe un nivel jerárquico superior que sirva de referencia.
Remuneración convenida, limitada a 95 UIT o 1.5 veces la del trabajador mejor pagado (1.5):
Aplicable. Dado que ninguna de las reglas anteriores es aplicable en este caso, se utilizará la última opción de referencia, que establece el valor de mercado de la remuneración de Sandra como el mayor entre la remuneración convenida (con un límite de 95 UIT anuales) y 1.5 veces la remuneración del trabajador mejor pagado que no tenga parentesco con ella.
Conclusión del Caso
Para cargos de alta dirección, como el de gerente general, en empresas con estructuras organizacionales limitadas, la determinación del valor de mercado puede resultar desafiante. La falta de cargos comparables en la estructura organizacional puede llevar a la aplicación del límite superior de 95 UIT o del factor de 1.5 veces la remuneración del trabajador mejor pagado, como es el caso de Sandra Pérez en Alfa S.A.C.
Este tipo de regulaciones es fundamental para evitar que las remuneraciones de socios y familiares se utilicen como una estrategia de deducción excesiva. En el caso de Alfa S.A.C., se recomienda revisar regularmente los niveles de remuneración y la estructura organizacional para asegurar el cumplimiento de la normativa y evitar sanciones.
En nuestro Estudio Contable, estaremos atentos a cualquier consulta en relación a este tema.
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