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Modificación de la Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL: Protección de los Derechos de los Artistas Intérpretes y Ejecutantes


principales cambios de la Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL, enfocados en la protección de los derechos laborales de los artistas intérpretes y ejecutantes en Perú


La Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL marca un importante avance en la protección de los derechos laborales de los artistas intérpretes y ejecutantes en Perú. Esta normativa tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de la Ley N° 28131 - Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, estableciendo criterios claros para la fiscalización y el respeto de los derechos laborales de los artistas.


Puntos clave de la Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL

Entre los principales aspectos de esta resolución se destacan:


  • Fiscalización laboral especializada: Se implementan criterios específicos para verificar contratos de trabajo, remuneraciones y jornadas laborales en el sector artístico.


  • Uso de tecnologías para la inspección: Se permite el uso de herramientas tecnológicas, como videoconferencias y correos electrónicos, para la realización de inspecciones de manera más eficiente.


  • Protección de los derechos previsionales: Se refuerzan las reglas para la verificación del Fondo de Derechos Sociales del Artista (FDSA), asegurando que los artistas reciban sus beneficios laborales.


Con esta nueva resolución, SUNAFIL garantiza una supervisión más eficaz de los derechos de los artistas, promoviendo un entorno laboral justo y equitativo en el sector cultural.


Casos prácticos de la Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL

  1. Actriz de telenovela: Una actriz que trabaja en una telenovela reporta que no se le está pagando la totalidad de sus beneficios laborales, ni se le ha entregado un contrato formal. SUNAFIL, siguiendo la Resolución N° 173-2024-SUNAFIL, realiza una inspección tecnológica y detecta la falta de pagos al Fondo de Derechos Sociales del Artista (FDSA). Se sanciona al empleador, y la actriz recibe sus pagos atrasados.


  2. Músico en una orquesta: Un músico de una orquesta nacional no ha recibido la compensación por tiempo de servicios, a pesar de estar contratado por más de un año. Al presentar su denuncia, SUNAFIL utiliza las disposiciones de la Resolución N° 173-2024-SUNAFIL para verificar que el empleador no ha cumplido con el depósito de sus beneficios. Gracias a la intervención de la entidad, el músico recibe la compensación acumulada.


  3. Trabajador técnico de una producción cinematográfica: Un técnico de sonido que trabaja en una película nacional se percata de que sus horas extras no han sido registradas correctamente, afectando su remuneración. Con la ayuda de la Resolución N° 173-2024-SUNAFIL, SUNAFIL realiza una inspección a distancia y detecta la irregularidad en el cálculo de sus horas extras. El empleador es obligado a corregir la remuneración y pagar la diferencia adeudada.


Conclusión

La Resolución de Superintendencia N° 173-2024-SUNAFIL es un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los artistas en Perú. Al garantizar un monitoreo eficiente y promover el uso de nuevas tecnologías en la fiscalización, se asegura que los artistas intérpretes y ejecutantes reciban la remuneración y beneficios sociales que les corresponden.


En Lynch Contadores & Abogados, estamos atentos a cualquier consulta o asesoría relacionada con la aplicación de esta normativa, brindando soporte especializado en temas laborales y fiscales para los artistas y empleadores del sector artístico.

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