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Modificaciones en el Código Procesal Penal: Impacto de la Ley N.º 32130 en la Investigación de Delitos en Perú


Modificaciones en el Código Procesal Penal por la Ley N.º 32130 fortalecen la investigación de delitos en Perú


La Ley N.º 32130, promulgada el 10 de octubre de 2024, introduce cambios trascendentales en el Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N.º 957), cuyo objetivo principal es fortalecer la investigación de delitos y agilizar los procesos penales en el Perú. Estos cambios responden a la necesidad de una mejor coordinación entre la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio Público (MP), garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos procesales del imputado y de las víctimas.


En este artículo, analizaremos las principales modificaciones del Código Procesal Penal y cómo afectan el desarrollo de las investigaciones penales, utilizando ejemplos prácticos para ilustrar su aplicación.


1. Mayor protagonismo de la Policía Nacional del Perú en las investigaciones preliminares

Uno de los cambios más significativos de la Ley N.º 32130 se encuentra en el artículo IV del Título Preliminar, donde se reafirma que el Ministerio Público es el titular de la acción penal, pero ahora se precisa que la Policía Nacional del Perú (PNP) tendrá un rol más activo en las investigaciones preliminares, siempre bajo la conducción jurídica del Ministerio Público.


Ejemplo práctico: Un caso de robo agravado es denunciado en una comisaría de Lima. Con la nueva ley, la Policía Nacional puede iniciar de inmediato las diligencias preliminares, como la recolección de testimonios de testigos o el levantamiento de huellas dactilares en la escena del crimen, sin necesidad de esperar la instrucción formal del Ministerio Público. Sin embargo, el fiscal responsable de la investigación debe ser notificado inmediatamente y garantizar que todas las pruebas se recojan conforme a la legalidad.


Este cambio agiliza las investigaciones, reduciendo el tiempo de espera y permitiendo a la PNP actuar rápidamente para asegurar pruebas clave.


2. Nuevas causales de inhibición y recusación de jueces y fiscales

La Ley N.º 32130 también modifica los artículos 53 y 54, detallando las causales para la inhibición y recusación de jueces y fiscales. Ahora, los jueces que hayan dado opiniones o asesorado a alguna de las partes del proceso deben inhibirse, al igual que los fiscales, bajo pena de incurrir en falta muy grave.


Ejemplo práctico: En un caso de tráfico de drogas, el juez que se encontraba a cargo del proceso había comentado previamente, en una reunión informal, su opinión de que el imputado parecía culpable debido a la cantidad de pruebas presentadas. La defensa del imputado, bajo las nuevas disposiciones, puede pedir la recusación del juez por imparcialidad. Si el juez no se inhibe de oficio, estaría cometiendo una falta grave y podría ser sancionado.


Esta modificación refuerza la imparcialidad y la transparencia del sistema judicial, garantizando que jueces y fiscales actúen sin sesgos que afecten el proceso.


3. Control más riguroso de la prisión preventiva y las comparecencias restrictivas

Otro cambio relevante de la Ley N.º 32130 se encuentra en el artículo 283, que regula la prisión preventiva. Ahora, los jueces están obligados a revisar de oficio la prisión preventiva y las comparecencias restrictivas cada seis meses. Además, si se presentan nuevos elementos que demuestren que los motivos que justificaron estas medidas han cambiado, se debe considerar su cese.


Ejemplo práctico: En un caso de secuestro, el imputado lleva siete meses en prisión preventiva. Bajo la nueva ley, el juez revisa de oficio la medida cada seis meses. Durante esta revisión, la defensa presenta pruebas que sugieren que el imputado podría cumplir con una comparecencia con restricciones menos severas debido a su buen comportamiento en prisión y la falta de pruebas nuevas en su contra. El juez, tras evaluar estos elementos, decide cambiar la prisión preventiva por una medida de comparecencia, lo que permite al imputado seguir el proceso en libertad bajo ciertas condiciones.


Este cambio busca reducir el abuso de la prisión preventiva, garantizando que solo se aplique cuando sea estrictamente necesario y se ajuste a las circunstancias del caso.


4. Registro audiovisual de las declaraciones y diligencias policiales

Una de las innovaciones más destacadas de la Ley N.º 32130 es la obligatoriedad de grabar audiovisualmente las declaraciones que se tomen en la etapa de investigación preliminar, tanto por parte de la Policía Nacional como el Ministerio Público, tal como establece el artículo 68. Esto incluye la declaración de los imputados, testigos y víctimas, y garantiza que el proceso sea transparente y confiable.


Ejemplo práctico: En un caso de feminicidio, la Policía Nacional toma la declaración del principal sospechoso en una comisaría. Bajo la nueva normativa, dicha declaración se graba utilizando equipos audiovisuales, y el abogado defensor del sospechoso está presente durante toda la diligencia. Si el fiscal no puede estar presente físicamente, puede participar de manera virtual, garantizando la supervisión de las diligencias.


Esta medida busca evitar manipulaciones o malentendidos en las declaraciones, asegurando que todo quede registrado de manera fidedigna para futuras etapas del proceso.


5. Fortalecimiento de la coordinación entre la PNP y el Ministerio Público

El artículo 65 refuerza la coordinación entre la PNP y el Ministerio Público. Se establece que, cuando el fiscal ordena el inicio de una investigación preliminar, debe precisar los plazos y las formalidades que la PNP debe seguir para garantizar la validez de las pruebas obtenidas. Además, se establece que la estrategia jurídica de la investigación la decide el fiscal, mientras que la PNP se encarga de la estrategia operativa.


Ejemplo práctico: En un caso de tráfico ilícito de drogas, el fiscal ordena a la Policía Nacional que realice un operativo para capturar a los presuntos responsables. El fiscal establece un plazo de 30 días para reunir pruebas suficientes y define las formalidades que deben cumplir las actuaciones policiales. Mientras tanto, la PNP diseña la operación, elige los recursos necesarios y ejecuta las detenciones.


Este cambio asegura una mayor eficacia en las investigaciones, evitando conflictos de competencias entre ambas instituciones.


Conclusión sobre la Ley N.º 32130

La Ley N.º 32130 busca modernizar y agilizar el sistema penal peruano, dotando de mayores facultades a la Policía Nacional del Perú, pero siempre bajo la supervisión jurídica del Ministerio Público. Estas reformas, que incluyen desde el registro audiovisual de diligencias hasta el control riguroso de la prisión preventiva, están diseñadas para garantizar un sistema más eficiente, respetuoso de los derechos fundamentales y transparente.


Si tienes preguntas sobre cómo aplicar estos cambios en casos específicos o deseas más ejemplos prácticos, no dudes en consultar a nuestros expertos en Lynch Contadores & Abogados. ¡Estamos aquí para ayudarte a entender y navegar este nuevo marco legal!

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