¿Qué hay de nuevo con los precios de transferencia? según el Decreto Legislativo N° 1663
- David Lynch
- 1 oct 2024
- 4 Min. de lectura

Si trabajas con operaciones entre empresas vinculadas, seguro ya has oído hablar de los precios de transferencia. Son fundamentales para garantizar que las transacciones entre partes relacionadas se hagan a valores de mercado y evitar cualquier malentendido con la SUNAT. Pues bien, el Decreto Legislativo N° 1663 acaba de agregar más herramientas a nuestra caja de herramientas: nuevos métodos de valoración que te permiten determinar el valor de mercado de una forma más precisa.
Vamos a hacer un recorrido por estos métodos y, ojo, que también tienen sus restricciones. Así que, sin más rodeos, te contamos todo de forma sencilla y práctica.
¿Cuáles son los nuevos métodos de valoración?
El Decreto Legislativo N° 1663 trae métodos frescos para esos casos donde los métodos tradicionales no nos ayudan. A continuación te dejo una lista de los más destacados:
Método de flujo de caja descontado: Proyectas los flujos de caja futuros de la empresa y los descuentas al valor presente. ¿Qué significa esto? Básicamente, estimas cuánto dinero generará tu empresa en el futuro y lo "traes" al valor actual. ¡Parece simple! Pero ojo, que este método tiene algunas restricciones importantes (llegaremos a ellas más adelante).
Método de múltiplos: Aquí se comparan tus operaciones con otras empresas del mercado usando múltiplos como VE/EBITDA o P/U. Es como decir: “Si a esta empresa le va bien con este valor, el mío debería estar por ahí también”.
Método de valor de participación patrimonial: Si quieres saber cuánto vale tu participación en una empresa, este método te permite valorarlo en función del patrimonio neto. Ideal para transacciones de venta de acciones, por ejemplo.
Método de ganancias excedentes de múltiples períodos (MPEEM): Este es perfecto si tus ingresos son como una montaña rusa, es decir, muy irregulares. Te permite evaluar las ganancias a lo largo de varios años.
Tasación: Este es para los activos específicos. Si los métodos anteriores no son suficientes, siempre se puede recurrir a una buena tasación.
El método de flujo de caja descontado y sus restricciones
Ahora, ¡ojo con el método de flujo de caja descontado! A primera vista, parece una solución increíble para reflejar el valor futuro de una empresa. Sin embargo, el Decreto Legislativo N° 1663 establece restricciones muy claras para que no se use indiscriminadamente.
Aquí te dejo las principales:
Participación accionaria mínima: Si el enajenante (es decir, quien vende o transfiere acciones) tiene una participación menor al 5% en la empresa que se está vendiendo, no se puede usar este método. Esto tiene sentido, ya que una participación tan pequeña no tiene el mismo impacto en las proyecciones futuras.
Ingresos mínimos: Si la empresa emisora (de la cual se venden las acciones) no tuvo ingresos netos superiores a 1,700 UIT en el ejercicio gravable anterior, no puedes usar este método. La lógica aquí es que no tendría sentido proyectar flujos de caja futuros si la empresa no tiene un tamaño significativo.
Posibles cambios en las reglas: Además, el Decreto establece que estas restricciones podrían modificarse mediante un Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Así que, siempre es bueno estar al tanto de posibles actualizaciones.
¡Cuidado! El informe técnico es obligatorio
Ya sea que uses el método de flujo de caja descontado o cualquier otro método, necesitarás un informe técnico. Este informe es crucial porque le dice a la SUNAT cómo llegaste al valor de mercado que estás declarando. Debe estar bien fundamentado y listo para presentarlo en cualquier auditoría o requerimiento.
Casos prácticos para ilustrar el Decreto Legislativo 1663
Para entender mejor cómo funcionan estos métodos, veamos algunos casos prácticos:
Caso 1: Restricciones del método de flujo de caja descontado
Situación: Inversiones Tech S.A. decide vender el 4% de sus acciones en una sociedad emisora. En el último ejercicio, la empresa emisora solo generó 1,200 UIT en ingresos netos.
Resultado: Dado que el enajenante tiene una participación menor al 5% y la sociedad emisora no alcanza el mínimo de 1,700 UIT en ingresos, no pueden usar el método de flujo de caja descontado. Tendrán que optar por otro método, como el de múltiplos o el de valor de participación patrimonial.
Caso 2: Uso del método de múltiplos
Situación: AgroExport S.A. realiza ventas regulares a su empresa matriz en el extranjero. Dado que el sector agrícola es muy variable, la empresa decide utilizar el método de múltiplos para valorar sus operaciones.
Resultado: Comparando el VE/EBITDA de empresas similares en el mercado, AgroExport S.A. ajusta sus precios de transferencia para que reflejen el valor de mercado de manera precisa.
Caso 3: Método de valor de participación patrimonial
Situación: Constructora Andina S.A. está vendiendo una participación significativa en un proyecto inmobiliario a una empresa vinculada. El valor de los activos ha crecido considerablemente en los últimos años.
Resultado: Utilizan el método de valor de participación patrimonial para reflejar el aumento en el valor de los activos y ajustar la transacción de acuerdo con el valor de mercado.
Conclusión
El Decreto Legislativo N° 1663 trae métodos más precisos para valorar las transacciones entre partes vinculadas, permitiendo reflejar mejor la realidad económica de las operaciones. Sin embargo, métodos como el flujo de caja descontado tienen restricciones claras para evitar su uso en transacciones pequeñas o irrelevantes. Si necesitas orientación para aplicar estos métodos en tu empresa, no dudes en contactarnos en Lynch Contadores & Abogados. Estamos aquí para ayudarte a cumplir con las normativas y optimizar tu gestión tributaria.
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