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El Devengo Tributario de los Ingresos – Decreto Legislativo 1425

A través del Decreto legislativo 1425, se modifico el articulo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta en el cual se dio los lineamientos tributarios para el devengo de los ingresos desde el punto de vista tributario, dejando de lado el criterio netamente contable que se usaba desde hace varios años al no tener en la ley del Impuesto a la Renta una definición sobre los ingresos.

Diferencia entre Devengo Tributario y Contable

Para establecer los lineamientos que hacen una diferenciación sobre este tema se debe tomar en cuenta lo que se denominaba ingresos hasta antes del decreto legislativo 1425, el cual estaba enmarcado principalmente en las normas internacionales de información financiera (NIIF).

En el párrafo 4.25 del Marco Conceptual se define de manera especifica lo que se define por ingresos:

a.Ingresos son los incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios a este patrimonio.

Esto quiere decir que se denominan ingresos a toda aquella transacción que se efectúa en la empresa y genere un aumento en el patrimonio de la empresa, es decir cualquier transacción económica que genere beneficios a la empresa, pero por otro lado en la NIC 18 de ingresos daban los lineamientos específicos para determinar si estas transacciones puedan ser consideradas como aquellas que pueden incrementar el patrimonio sin ser considerados como aportes de accionistas.

Venta de Bienes – Reconocimiento de Ingresos NIC 18

a) la entidad ha transferido al comprador los riesgos y ventajas, de tipo significativo, derivados de la propiedad de los bienes

b) la entidad no conserva para sí ninguna implicación en la gestión corriente de los bienes vendidos, en el grado usualmente asociado con la propiedad, ni retiene el control efectivo sobre los mismos;

c) el importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad;

d) sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción;

e) los costos incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción pueden ser medidos con fiabilidad

Prestación de Servicios- Reconocimiento de Ingresos NIC 18

a) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad;

b) Sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción;

c) el grado de realización de la transacción, al final del periodo sobre el que se informa, pueda ser medido con fiabilidad; y

d) los costos ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, puedan ser medidos con fiabilidad.

Como se puede observar en ambos casos la determinación de los ingresos están relacionados mayormente a que la entidad pueda recibir los beneficios de la venta o servicio prestado.

Nuevo Devengo Tributario

Aquí el punto mas importante es la frase incluida que se refiere a la “condición Suspensiva”; determinada en el segundo párrafo del articulo 57 que dice textualmente:

Los ingresos se devengan cuando se han producido los hechos sustanciales para su generación, siempre que el derecho a obtenerlos no este sujeto a una condición suspensiva, independiente de la oportunidad que se cobren o se fijen términos precisos para su pago.

Como habíamos comentado el condicionar la generación de los ingresos a una condición suspensiva hace que los ingresos deben evaluarse desde el punto de vista tributario sobre si existen condiciones que pudieran hacer que la percepción de los ingresos este condicionada a alguna condición.

Ejemplo 1 - de Devengo de Ingresos por Intereses

La empresa ABC dedicada a las siembra y cosecha de paltas, pide a la empresa XYZ (no relacionada) un prestamos de US$ 100,000.00 (cien mil y 00/100 dólares) con una tasa de intereses del 5% anual durante el plazo de 5 años.

En el contrato de Mutuo se establece que la empresa pagara los intereses a partir de la primera cosecha de la empresa ABC.

Aquí se configura el hecho que al existir una condición suspensiva (primera cosecha) es que la empresa XYZ no reconocera sus ingresos desde el punto de vista tributario hasta el momento de la primera cosecha.

Ejemplo 2 - de Devengo de Ingresos por Servicios Prestados

La Empresa El Renegado SAC contrata con la empresa El tranquilo SAC el efectuar unos eventos en su empresa relacionados a “Formación de Lideres” para el área de ventas, dentro de los lineamientos esta que el Renegado SAC cobrara 50% en diciembre 2020 y el saldo en marzo del 2021 teniendo un bono adicional si los vendedores aumentan del 30% sobre el servicio cobrado siempre y cuando las ventas de la empresa se incrementen en 35%,

Aquí se puede ver de manera muy clara que el reconocimiento de los ingresos para el Renegado SAC deben ser reconocidos primero en el 2020 por que el adelanto de diciembre no puede ser considerado como ingreso y la bonificación debe ser reconocida recién a finales del 2020 cuando se dé la condición del incremento de las ventas del personal del Tranquilo SAC

En nuestro Estudio contable estamos al pendiente de cualquier consulta en relación al siguiente post.

David Lynch

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