Diferencias Temporales y Permanentes en el Impuesto a la Renta – NIC 12

La NIC 12 – Impuesto a las Ganancias regula el reconocimiento del impuesto corriente y del impuesto diferido cuando existen diferencias entre la contabilidad financiera y la base tributaria. Distinguir correctamente diferencias temporales y diferencias permanentes es esencial para que tus estados financieros reflejen de forma fiel las obligaciones fiscales presentes y futuras.

¿Qué son las diferencias temporales y permanentes?

Diferencias temporales

Surgen cuando el valor en libros de un activo o pasivo difiere de su base tributaria, y esa diferencia se revertirá en ejercicios futuros. Generan impuesto diferido:
pasivo por impuesto diferido (diferencias imponibles) o activo por impuesto diferido (diferencias deducibles).

Ejemplo típico (Perú): depreciación contable del 10% vs. depreciación tributaria del 20% para la misma maquinaria. La aceleración fiscal reduce el impuesto hoy pero lo incrementará mañana → pasivo por impuesto diferido.

Diferencias permanentes

Se producen cuando ciertos ingresos o gastos se reconocen contablemente pero no tienen efecto fiscal, o viceversa. No se revierten con el tiempo y no generan impuesto diferido. Ejemplo clásico: multas y sanciones reconocidas contablemente pero no deducibles para fines del Impuesto a la Renta.

Caso práctico 1: Diferencia temporal (depreciación distinta)

La empresa adquiere un vehículo por S/ 200,000. Depreciación contable: 10% anual (S/ 20,000). Depreciación tributaria: 20% (S/ 40,000). Supongamos tasa del Impuesto a la Renta de 29.5% para el cálculo del diferido.

ConceptoMonto (S/)Comentario
Depreciación contable (10%)20,000Gasto en resultados NIIF
Depreciación tributaria (20%)40,000Reduce renta imponible del período
Diferencia temporal imponible20,000Se revertirá en años futuros
Pasivo por impuesto diferido (29.5%)5,90020,000 × 29.5%

Asientos contables

DescripciónDébito (S/)Crédito (S/)
Depreciación de vehículos (gasto contable)20,000
Depreciación acumulada de vehículos20,000
Impuesto a la renta diferido (gasto)5,900
Pasivo por impuesto diferido5,900
Clave de NIC 12: el impuesto diferido se reconoce siempre que la diferencia temporal sea imponible o deducible, salvo excepciones específicas de la norma (por ejemplo, reconocimiento inicial de ciertos activos/pasivos en transacciones que no afectan resultado contable ni fiscal).

Caso práctico 2: Diferencia permanente (donaciones no deducibles)

La empresa realiza donaciones por S/ 50,000. Se reconocen contablemente como gasto, pero no son deducibles para fines fiscales (salvo supuestos normativos específicos). Resultado: diferencia permanente (no hay impuesto diferido).

DescripciónDébito (S/)Crédito (S/)
Gasto por donaciones50,000
Banco50,000

Conciliación tributaria: del resultado contable a la base imponible

Una conciliación típica identifica y clasifica ajustes temporales (generan diferido) y permanentes (impacto solo en el período). Mantener un paper de trabajo con soporte (cálculos, políticas, referencias legales) facilita auditorías y cierre fiscal.

ConceptoTipoTratamiento
Diferencia de depreciación (10% vs 20%)Temporal imponibleReconocer pasivo por impuesto diferido
Donaciones no deduciblesPermanenteNo hay diferido; solo ajuste del impuesto corriente
Multas y sancionesPermanenteNo deducibles; sin diferido
Provisiones incobrables no aceptadasTemporal deducibleActivo por impuesto diferido si será deducible futuro

Buenas prácticas y errores frecuentes

  • Documentar tasas y supuestos: especifica la tasa de IR usada para el diferido (p. ej., 29.5%) y la expectativa de reversión.
  • No mezclar temporales con permanentes: las permanentes no generan diferidos; evita activos/pasivos ficticios.
  • Revisar reversión: cada cierre valida si las temporales siguen vigentes y re-mide el diferido si cambia la tasa.
  • Soporte de base tributaria: conserva cálculos y referencias (depreciación fiscal, límites, adiciones/deducciones).
  • Notas NIIF claras: políticas de impuesto diferido, conciliación tasa efectiva, vencimientos/reversiones relevantes.
Recordatorio: las tasas y deducibilidades pueden variar por normativa vigente. Si hay reforma tributaria o cambios de tasa, remeasure del impuesto diferido contra resultados según NIC 12.

Conclusión

Distinguir diferencias temporales y permanentes es crucial para calcular correctamente el impuesto corriente y el impuesto diferido bajo NIC 12. Con políticas claras, conciliaciones bien soportadas y revelaciones completas, tus estados financieros reflejarán de forma transparente las obligaciones fiscales presentes y futuras.

En Lynch Contadores & Abogados diseñamos matrices de conciliación, calculamos diferidos y preparamos notas NIIF para auditoría e inversionistas.

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