Las rentas de cuarta categoría son aquellas obtenidas por trabajadores independientes que prestan servicios a una empresa o persona natural. Si eres un trabajador independiente, es importante que conozcas todo lo relacionado con este tipo de rentas para poder cumplir con tus obligaciones tributarias.
¿Que son Rentas de Cuarta Categoria?
Las rentas de cuarta categoría son aquellas que corresponden a los ingresos obtenidos por el trabajo independiente, es decir, aquellos que no están sujetos a una relación laboral dependiente (planilla), sino que se generan a partir de la prestación de servicios por cuenta propia.
¿Que Actividades se encuentran dentro de las rentas de 4ta Categoria?
Entre las actividades se pueden mencionar las siguientes:
- Director de empresas: Persona integrante del directorio de las sociedades
- Síndico: Funcionario encargado de la liquidación del activo y pasivo de una empresa en el caso de insolvencia.
- Mandatario: Persona que en virtud de un contrato realiza actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante.
- Gestor de negocios: Persona que asume la gestión de los negocios o la adminsitración de los bienes de otro.
- Albacea: Persona encargada por el testador o por el juez de cumplir la última voluntad del fallecido.
- Actividades similares: Entre otras el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional por las dietas que perciban.
Caso Práctico rentas de 4ta categoria
La empresa Las Torres SAC contrató a la Sra. Angie Ramos en diciembre de 2020 para realizar servicios contables como trabajadora independiente. La factura emitida por la Dra. Angie Ramos asciende a S/ 3,000. Sin embargo, la Sra. Angie Ramos no contaba con la suspensión de retención para el año 2020, sino que solicitó dicha suspensión en enero de 2021. A pesar de ello, la empresa Las Torres SAC no realizó ninguna retención en el mes de diciembre, pese a que el pago y el servicio se realizaron en ese mismo mes.
Ante esta situación, la empresa Las Torres SAC se pregunta lo siguiente:
a) ¿Existía alguna obligación de realizar la retención por rentas de cuarta categoría pese a que se contaba con la suspensión de retención de enero del 2021?
Sí, existía la obligación de realizar la retención de la renta de cuarta categoría, ya que el recibo por honorarios emitido por la Dra. Angie Ramos supera los S/ 1,500 establecidos en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2007/SUNAT. Por lo tanto, la empresa Las Torres SAC era agente de retención y debía efectuar las retenciones correspondientes.
b) En relación a la pregunta anterior, de ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles serían las infracciones cometidas y las multas?
La infracción cometida por la empresa Las Torres SAC es no haber efectuado la retención correspondiente, lo cual está tipificado en el numeral 13 del artículo 177 del Código Tributario. La multa correspondiente es del 50% del tributo no retenido, aunque la empresa puede acceder a una rebaja de hasta el 90% de la multa si subsana de manera voluntaria antes de que la Administración Tributaria detecte dicha infracción.
c) Teniendo en cuenta que se pagó todo el importe a la trabajadora, ¿quién debería realizar el pago del impuesto?
A pesar de haber pagado todo el importe a la trabajadora, la obligación de retener recae sobre la empresa Las Torres SAC. Según la RTF N.° 9050-5-2004, la responsabilidad solidaria del agente retenedor o perceptor se mantiene hasta el 31 de diciembre del año siguiente a aquel en que debió retenerse o percibirse el tributo. Por lo tanto, la empresa Las Torres SAC debe asumir la responsabilidad y pagar el tributo omitido, aunque puede acceder a una rebaja de la multa si subsana de manera voluntaria antes de que la Administración Tributaria detecte la infracción.
Calculo de Multa Renta de 4ta Categoria
Para este caso la multa sera el 50% del tributo omitido y dejado de pagar que seria:
S/. 3,000.00 X 8% = 240.00
S/. 240.00 X 50% = 120.00
En este caso la multa puede tener la rebaja del 95%, pero este multa se debe de comparar con el importe minimo que es 5% de la UIT Vigente
Conclusión
Es importante tener en cuenta que cumplir con las obligaciones tributarias es fundamental para mantener una relación laboral justa y transparente entre empleadores y trabajadores independientes. Para evitar situaciones como la descrita en este post, se recomienda contar con el asesoramiento de un contador o un asesor tributario.