El sistema de pago de obligaciones o SPOT se encuentra contemplado en el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.º 940, aprobado por Decreto Supremo N.º 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004.
La detracción es un mecanismo que consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio, el cual, por su parte, utilizará los fondos depositados para el pago de tributos, multas, pagos a cuenta e intereses tributarios de conformidad con el artículo 33° del Código Tributario, que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT.
¿A que operaciones aplica el sistema de detracción?
El sistema de detracción aplica a las siguientes operaciones:
- La venta interna de bienes y prestación de servicios
- Servicio de transporte de bienes por vía terrestre
- Servicio de transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre
- Operaciones sujetas al IVAP (Impuesto a la Venta de Arroz Pilado)
¿A partir de que importe se paga o aplica la detracción?
Se efectúa a por los importes mayores a S/. 700.00 (Incluido IGV)
¿Cuándo se efectúa el Depósito de Detracciones?
Se efectúa luego de los 10 días posteriores a la fecha del pago sea este parcial o total
¿Si solo hago un pago parcial tengo que efectuar detracción?
La detracción tiene orden de prioridad a los pagos parciales, ósea si se efectúa el pago parcial se debe tener en cuenta que si o si hay que efectuar la detracción.
¿Qué sucede si no efectuó el depósito de la detracción dentro de los 10 días posteriores a efectuar el pago sea este parcial o total?
Si no se efectúa el pago de la detracción dentro de los 10 días siguientes, la norma indica que la misma tiene plazo hasta los 5 días hábiles posteriores al cierre del mes del pago parcial o total
¿Qué consecuencias trae no efectuar el depósito de detracciones?
Las consecuencias de no efectuar el depósito de detracciones son:
1. No poder utilizar el crédito fiscal del IGV hasta haberse efectuado respectivamente el depósito de la detracción
2. Pagar una multa del 50% de la detracción no depositada en el momento adecuado
¿Existe Gradualidad a la multa por no haber efectuado el deposito de detracciones?
No existe una gradualidad como tal, la norma indica que si no se efectúa el depósito de la detracción dentro de los 10 días hábiles tienes una multa del 50% de la detracción no efectuada, pero si esta es cancelada dentro de los 5 días hábiles siguientes posteriores al mes del pago parcial esta multa se rebaja en 100%.
¿Qué sucede si solamente pago la detracción y no pago al proveedor, se puede tomar el crédito fiscal del IGV?
Si sucede este caso, si es posible tomar el crédito fiscal del IGV.
¿Para que sirve la cuenta de Detracciones?
La cuenta de detracciones se utiliza para el pago de los propios impuestos del contribuyente hasta el saldo que se tenga del mismo entre ellos:
- Pago de Cuenta del Impuesto a la Renta
- Pago de IGV Mensual
- Pago de Retenciones de 5ta Categoria
- Pago de Retenciones de 4ta Categoria
- Pagos de ONP
- Pagos de Essalud
- Pago de Regularizacion de Impuesto a la Renta
- Pago de Multas
- Etc.
Lo unico que no se puede pagar con dicha cuenta son detracciones propias o de terceros
¿Donde puedo consultar el saldo de mi cuenta de detracciones?
El saldo de la cuenta de detracciones se puede revisar en:
Cuenta Corriente de Detracciones (bn.com.pe)
Estudio Contable Lynch
En nuestro estudio contable estamos atentos a cualquier duda relacionada a este u otros temas contables o tributarios
Lynch Contadores