La videovigilancia en el trabajo capta imágenes de personas y por tanto implica
tratamiento de datos personales. Te explicamos cómo informar, aplicar el
principio de proporcionalidad, señalizar correctamente (in situ y en vehículos)
y las multas por incumplimiento. Perú

¿Qué implica instalar cámaras en un centro laboral?

Implica tratar datos personales (imágenes) de trabajadores, visitantes y terceros.
Debes cumplir con la normativa de protección de datos y con las obligaciones laborales de información.

Información previa y carteles obligatorios

La videovigilancia no puede ser sorpresiva. Debes informar previamente mediante
carteles visibles en las zonas bajo cámaras. Además, comunica al personal (inducción,
reglamento interno o correo) la finalidad, zonas, horarios y política de conservación.

ObligaciónCómo cumplir
Informar a las personasCarteles de videovigilancia en accesos y áreas grabadas; comunicación interna a trabajadores.
Indicar finalidadSeguridad de personas y bienes; prohíbe usos distintos sin base legal.
Identificar responsableSeñaliza quién gestiona las cámaras y cómo ejercer derechos ARCO.
Plazo de conservaciónDefine y comunica un plazo razonable (p. ej., días) según finalidad.

Principio de proporcionalidad

La medida debe ser necesaria y adecuada para la finalidad de seguridad.
Evita zonas sensibles (baños, vestuarios) y no grabes indiscriminadamente si existen alternativas menos invasivas.

¿No puedes colocar carteles?

Si por razones operativas no puedes señalizar algún punto, informa por medios alternativos:
correo al personal, anexos al contrato, manuales, o avisos en intranet. Lo crucial es que las personas
conozcan que están siendo grabadas, la finalidad y cómo ejercer sus derechos.

Videovigilancia en vehículos de la empresa

También es válida en unidades de transporte de personal o terceros. Señaliza dentro del vehículo
(pictograma y aviso breve) o informa previamente a los pasajeros.

Multas por no informar

No informar o hacerlo deficientemente puede acarrear multas de 5 a 50 UIT (SUNAFIL),
además de otras acciones correctivas. Prevenir es más barato que sancionar.

Buenas prácticas

  • Usa carteles claros con pictograma y datos del responsable.
  • Define política de retención e inventario de cámaras.
  • Restringe accesos a las grabaciones y registra trazas de consulta.
  • Capacita al personal y documenta la evaluación de proporcionalidad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo grabar sin avisar para “pillar” una falta?

No. La regla es información previa. Medidas encubiertas sólo se justifican en supuestos excepcionales y deben
estar debidamente sustentadas y limitadas.

¿Puedo usar la grabación para sancionar laboralmente?

Sí, si la captación fue informada, proporcional y lícita. Documenta cadena de custodia y respeta el debido proceso.

¿Cuánto tiempo puedo guardar las grabaciones?

El mínimo necesario según la finalidad (p. ej., días). Evita conservaciones indefinidas sin base legal.