Un contrato de arrendamiento entrega a un arrendatario el uso de un bien por plazo y precio pactados. Para asegurar la
devolución en estado, plazo y lugar convenidos, las penalidades son herramientas clave. Aquí verás
cómo pactarlas, ejemplos frecuentes y su impacto tributario en Perú.
Penalidades: ¿qué son y para qué sirven?
Son sanciones económicas previstas ante incumplimientos del arrendatario o arrendador. Algunas habituales:
Casos frecuentes
- Mora automática: monto fijo o interés diario por retraso en la renta.
- Uso de garantía (1–2 rentas): para cubrir incumplimientos contractuales si el contrato lo prevé.
- Mejoras no autorizadas: de hacerse, no son reembolsables ni removibles (art. 917 C.C.).
- Tardanza en devolución: renta penal por cada día/mes de ocupación indebida.
- Daños al bien: penalidad más reposición a valor de reposición o reparación.
Buenas prácticas
- Definir evento de incumplimiento, monto y cálculo de la penalidad.
- Evitar penalidades desproporcionadas (pueden ser reducidas judicialmente).
- Precisar si la penalidad es acumulativa a indemnizaciones por daños.
- Vincular garantía a checklist de entrega y acta de devolución.
¿Cómo asegurar el pago de la renta?
- Pago adelantado: renta se paga antes del uso (reduces riesgo de morosidad).
- Cláusula resolutoria expresa (arts. 1967 y 1968 C.C.): define cuántas rentas impagas permiten resolver el contrato y exigir entrega inmediata.
- Interés moratorio + mora fija: combinan disuasión y resarcimiento.
- Garantías adicionales: aval/fiador solidario o carta fianza con vigencia mínima igual al contrato.
Plazo contractual y renovaciones
En la práctica peruana se utiliza un tope de 10 años para arrendamientos de larga duración. Para evitar
renegociaciones frecuentes, pacta renovación automática por periodos sucesivos (p.ej., 2 o 3 años) con
preaviso si alguna parte no desea renovar.
Cláusulas adicionales recomendadas
| Cláusula | ¿Para qué sirve? | Tip de redacción |
|---|---|---|
| Entrega y devolución del bien | Fijar lugar de entrega; si no se pacta, rige lugar de celebración. | Acta con inventario, fotos y medición de consumos. |
| Inspecciones del arrendador | Permite verificar conservación del bien. | Preaviso: 7 días (art. 1681.5 C.C.) o el plazo que acuerden. |
| Subarrendamiento | Autoriza o prohíbe subarrendar. | Si no hay autorización expresa, se prohíbe. |
| Desalojo exprés | Acelera restitución por falta de pago. | Prever vía notarial/jurisdiccional abreviada y cláusula de allanamiento. |
| Mantenimiento y reparaciones | Diferenciar mantenimiento ordinario (arrendatario) vs. vicios propios (arrendador). | Calendario de mantenimientos y penalidad por incumplimiento. |
Modelo de redacción de penalidad (ejemplo breve)
Mora: El retraso en el pago de la renta genera, desde el día siguiente, interés moratorio equivalente a la TEMA + penalidad fija de S/ 20 por día de retraso.
Resolución: El arrendamiento se resolverá de pleno derecho por falta de pago de 2 rentas consecutivas, conforme a los arts. 1967 y 1968 del Código Civil, bastando comunicación notarial del arrendador.
¿Las penalidades son deducibles para Impuesto a la Renta?
Empresas arrendatarias
- Las penalidades contractuales pueden ser deducibles si cumplen causalidad, razonabilidad y proporcionalidad.
- Requieren fehaciencia: contrato, comunicaciones, comprobantes y sustento del hecho generador.
Buenas prácticas tributarias
- Incorporar penalidades objetivas y medibles en el contrato.
- Evitar montos punitivos sin sustento (riesgo de reparo SUNAT).
- Registrar contablemente como gasto no habitual con su documentación.
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Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Para casos específicos, contáctanos en www.lga.pe.
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