En Perú, tanto las MYPE (Micro y Pequeñas Empresas) como las PYME (Pequeñas y Medianas Empresas) impulsan el empleo y el crecimiento económico. Sin embargo, existen diferencias relevantes —especialmente en materia laboral y tributaria— que conviene conocer para cumplir correctamente con la normativa y optimizar costos.
¿Qué es una MYPE?
La MYPE agrupa a Microempresas y Pequeñas empresas. Sus umbrales se determinan por ventas anuales y número de trabajadores.
Categoría | Ventas anuales | Trabajadores |
---|---|---|
Microempresa | Hasta 150 UIT | Hasta 10 |
Pequeña empresa | Más de 150 UIT y hasta 1,700 UIT | Entre 11 y 100 |
¿Qué es una PYME?
La PYME incluye a las Pequeñas (ya definidas arriba) y a las Medianas empresas:
Categoría | Ventas anuales | Trabajadores |
---|---|---|
Mediana empresa | Más de 1,700 UIT y hasta 2,300 UIT | Más de 100 |
Diferencias en los aspectos laborales
Beneficio | Microempresa (MYPE) | Pequeña empresa (MYPE) | Mediana empresa (PYME) |
---|---|---|---|
Remuneración mínima | RMV vigente (p. ej. S/ 1,025) | RMV vigente | RMV vigente |
Seguro de salud | SIS (si está en REMYPE) | EsSalud | EsSalud |
CTS | No aplica | 50% del régimen general | 100% del régimen general |
Gratificaciones (julio/dic.) | No aplica | 50% del régimen general | 100% del régimen general |
Vacaciones | 15 días | 15 días | 30 días |
Nota: Los beneficios laborales reducidos para micro y pequeñas empresas aplican cuando la empresa se encuentra correctamente inscrita en el REMYPE.
Diferencias en los aspectos tributarios
Ámbito | Microempresa (MYPE) | Pequeña empresa (MYPE) | Mediana empresa (PYME) |
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Régimen tributario | Nuevo RUS, RER o RMT (según topes) | RMT (si excede RUS/RER) | Régimen General |
Impuesto a la Renta | RMT: 10% hasta 15 UIT; 29.5% por el exceso | RMT: 10% hasta 15 UIT; 29.5% por el exceso | 29.5% (Régimen General) |
IGV | Obligado si supera umbrales; en regímenes simplificados puede incorporar tratamiento especial | Obligado (ventas y servicios gravados) | Obligado (declaración y pago mensual) |
¿Cuál es la mejor opción para tu empresa?
- Elige MYPE si tienes pocos trabajadores, estás iniciando y deseas beneficios laborales/tributarios simplificados.
- Elige PYME si proyectas crecer, necesitas estructura completa y acceso a mayor financiamiento, asumiendo obligaciones plenas.
Conclusión
Tanto MYPE como PYME ofrecen ventajas y obligaciones distintas. La clave es clasificarte correctamente según ventas y personal, inscribirte en el REMYPE cuando corresponda, y elegir el régimen tributario óptimo para tu flujo y proyección.
Lynch Contadores & Abogados te ayuda a validar tu categoría (MYPE/PYME), inscribirte en REMYPE, elegir tu régimen y dimensionar costos laborales con simuladores propios.
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